Resolución N° 086-2016-GSF-OSITRAN
14/12/2017
Declaran que la Corporaciòn Peruana de Aeropuestos y Aviaciòn Comercial S.A. -CORPAC; incumpliò la obligaciòn prevista en el artìculo 33º del Reglamento General de Tarifas de OSITRAN y en el literal a) del artìculo 7º del Reglamento de Usuarios de Terminales Aeroportuarios y Portuarios (RUTAP); configuràndose la infracciòn prevista en el artìculo 23º del reglamento de Infracciones y Sanciones de OSITRAN; conforme se advierte del Informe Nº 0123-2016-JFI-GSF-OSITRAN, elaborado por la Jefatura de Fiscalizaciòn.