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    Resolución N° 080-2017-GSF-OSITRAN

    14/12/2017


    Declaran que la empresa Concesionaria Vial Sierra Norte S.A. incumplió su obligación de pago de la segunda cuota del saldo por Supervisión de las Obras de Rehabilitación y mejoramiento y las Actividades de Mantenimiento Periódico lnicial de la carretera Longitudinal de la Sierra Tramo 2 dentro del plazo establecido en la Cláusula 10.3 del Contrato de Concesión, al haber incurrido en 94 dias de atraso en el pago, el cual venció el 24 de octubre de 2016 y se pagó el 26 de enero de 2017; configurándose así la infrac.ión tipificada en el artkulo 51° del Reglamento de lnfracciones y Sanciones de OSITRAN.

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