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    Resolución N° 064-2009-GG-OSITRAN

    14/12/2017


    Se resuelve: PRIMERO: Declarar que la empresa Concesión Canchaque S.A. incumplió con lo establecido en la Cláusula 13.3, al haber utilizado la zona La Alberca que no estaba autorizada como Depósito de Material Excedente en el Estudio de Impacto Ambiental aprobado, incumpliendo de esta forma, una obligación de tutela en materia de protección del Medio Ambiente; dicho incumplimiento está tipificado en el artículo 13º del RIS como una infracción GRAVE.

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