Resolucion N°018-2011-GG-OSITRAN
14/12/2017
Se resuelve: Primero.- Declarar que la empresa INTERSUR Concesiones S.A. incumplió con lo establecido en las Cláusulas 11.22 y 11.23 del contrato de concesión , al haber utilizado las zonas ubicadas en los Km. 158, Km. 156, Km 169+830 y Km. 162+880 sin la autorización que corresponde como Depósito de Material Excedente, incumpliendo de esta forma la obligación de tutela en materia de protección del medio ambiente.