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    Resolución N° 067-2012-GG-OSITRAN

    14/12/2017


    SE RESUELVE: PRIMERO: Declarar infundado la suspensión de las obligaciones solicitada por la empresa Concesionaria IIRSA Norte S.a., al no haberse acreditado la causal invocada, regulada en el acápite iii) del literal c) de la Cláusula 15.1 del Contrato de Concesión de las Obras y el Mantenimiento de los Tramos Viales del Eje Multimodal del Amazonas Norte del «Plan de Acción para la integración de Infraestructura Regional Sudamericana- iIIRSA».

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