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    Resolución N° 065-2015-GG-OSITRAN

    14/12/2017


    Declaran que la empresa CONCESIONARIA VIAL SIERRA NORTE S.A.incumplió la obligación establecida en la clausula 15.12 del Contrato de Concesión, al no haber cumplido con el pago, íntegro del Aporte por Regulación correspondiente a los periodos setiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2014, así como de los periodos enero, febrero, marzo y abril del 2015, en la oportunidad establecidad en el artículo 5° del Reglamento de Aporte por Regulación incurriendo en retraso, configurándose así la infracción tipificada en el artículo 50° del

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