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    Resolución N° 062-2015-GSF-OSITRAN

    14/12/2017


    Declarar que la empresa Terminal Portuario Paracas S.A. incumplió la obligación establecida en la clausula 8.26 del Contrato de Concesión, al no haber efectuado el pago de la retribución al Estado correspondiente al periodo agosto 2014, fuera del plazo establecido incurriendo en siete días de atraso, configurándose así la infracción tipificada en el artículo 49° del Reglamento de Infracciones y Sanciones de OSITRAN; aconform se advierte del informe N° 027-2015-JFI-OSITRAN, elaborado por la Jefatura de Fiscalización.

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