Resolución N° 062-2015-GSF-OSITRAN
14/12/2017
Declarar que la empresa Terminal Portuario Paracas S.A. incumpliò la obligaciòn establecida en las clàusula 8.26 del Contrato de Concesiòn, al haber efectuado el pago de la retribuciòn al Estado correspondiente al perìodo Agosto 2014 fuera del plazo establecido incurriendo en siete (07) dìas de atraso, configurandose asì la infracciòn tipificada en el articulo 49º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de OSITRAN; conforme se advierte del Informe Nº 027-2015-JFI-GSF-OSITRAN, elaborado por la Jefatura de Fiscalizaciòn.