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    Resolución N° 022-2009-GG-OSITRAN

    14/12/2017


    Se declara procedente y con eficacia anticipada la suspensión de las obligaciones de la Empresa CONCESIONARIA IIRSA NORTE, establecidas en las Cláusulas 3.5 y 3.6 (cumplimiento de los niveles de servicio) del Anexo 1 del Contrato de Concesión y 7.22 (brindar transitabilidad parcial en un plazo máximo de 6 horas y brindar transitabilidad plena en un plazo máximo de 24 horas) del Anexo I del Contrato de Concesión para la Construcción, Rehabilitación, Mejoramiento, Conservación y Explotación de los Tramos Viales del Eje Multimodal del Amazonas Norte del Plan de Acción para la Integración de la Infraestructura Regional Sudamericana – IIRSA, en el sector del Puente Gera, para el periodo comprendido entre el 13 de marzo y el 04 de abril de 2009, por la causal de caso fortuito establecida en cláusula 15.1 literal c) ítem ii) del mencionado Contrato de Concesión.

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