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    Resolución N.° 020-2022-CD-OSITRAN

    16/06/2022


    Se declara INFUNDADO el recurso de reconsideración presentado por la Asociación de Empresas de Transporte Aéreo Internacional – AETAI y, en consecuencia, confirmar la Resolución de Consejo Directivo Nº 012-2022-CD-OSITRAN por la cual se aprobaron los nuevos niveles de Tarifas Máximas que debe aplicar la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial – CORPAC S.A., por los servicios aeroportuarios que presta en los aeródromos de Cuzco, Nazca y aquellos comprendidos en el Grupo V, cuyo error material fue rectificado, con efecto retroactivo, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 00015-2022-CD-OSITRAN.

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