Resolución N.° 010-2021-CD-OSITRAN
09/03/2021
Se deniega la solicitud formulada por APM Terminals Callao S.A. a través de la Carta N° 083-2021-APMTC/LEG recibida el 10 de febrero de 2021, mediante la cual el Concesionario solicitó que se declare la confidencialidad bajo el supuesto de secreto comercial del Cuadro N° 2 “Flujo Proyectado Servicio de Trasbordo 2021 – 2041” incluido en la página 4 del archivo “APMT_Información sobre servicio de transbordo”, el cual fue presentado como adjunto de la carta mencionada.