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    Resolución N° 002-2008-GRE-OSITRAN

    14/12/2017


    Declaran fundado en parte el Recurso Administrativo de Apelación interpuesto por la empresa Concesionaria Interoceánica Sur Tramo 2, y por ende, modifican el oficio N° 1362-08-GS-OSITRAN, en el extremo que la Obra Alternativa «Pavimento Asfáltico», asi como «Clasificación de Suelos», incorporan como uno de los supuestos para su cálculo, la longitud de 285.153 Km., y no la longitud de 300.00 Km.

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