N° 008-2003-GG/OSITRAN
14/12/2017
Declara que la empresa Ferrovías Central Andina S.A. ha incumplido la obligación contenida en el numeral 7.1 del Contrato de concesión, en lo que respecta a la aplicación oportuna del mecanismo de ajuste de la tarifa de acceso a la vía férrea.