N° 002-2005-TSC/OSITRAN
14/12/2017
Declara fundada la apelación interpuesta por Marking en los expedientes acumulados y revocar las resoluciones de Gerencia Central de operaciones N° 336 y 338 ENAPU/GCO, debiendo ENAPU dejar sin efecto los cobros por el concepto de «Personal a la Orden».