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    Comunicado sobre las disposiciones para la presentación y recepción de documentos a través de los canales digitales del Ositrán (Mesa de Partes Virtual-MPV, Solicitud de Acceso a la Información Pública-SAIP y Plataforma de Interoperabilidad del Estado-PIDE)

    16/08/2024


    Se pone en conocimiento de los administrados que hacen uso de la MPV, SAIP y PIDE, las siguientes medidas que adopta el Ositrán en el marco de la Resolución N° 518-2024/SEL-INDECOPI1:

    • Se podrá enviar documentos y solicitudes a través de la MPV, SAIP y PIDE las 24 horas del día, todos los días del año.
    • Todo documento ingresado (depositado en la MPV, SAIP y PIDE) entre las 00:00 horas y las 23:59 horas de un día hábil, se considera presentado y recibido el mismo día.
    • Todo documento ingresado (depositado en la MPV, SAIP y PIDE) los sábados, domingos y feriados o cualquier otro día inhábil, se considera presentado y recibido el primer día hábil siguiente.

    En cuanto a los plazos para el pronunciamiento del Ositrán, estos se contabilizan a partir del primer día hábil siguiente de haber sido presentado el documento.

    Asimismo, comunicamos que estamos iniciando las acciones pertinentes a fin de actualizar el Reglamento para el uso de la Mesa de Partes Virtual y Casilla Electrónica.

    Para consultas, sírvase comunicarse al teléfono 500-9330, anexos 371, 600 o 638 o al correo infompv@ositran.gob.pe

     

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    (1) Resolución que declara Barrera Burocrática ilegal lo dispuesto en el literal b) concordado con el literal a) del numeral 46.2 del artículo 46 del Decreto Supremo N° 029-2021-PCM, que aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1412, Ley de Gobierno Digital, y establece disposiciones sobre las condiciones, requisitos y usos de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo, modificado mediante Decreto Supremo 075-2023-PCM.

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