Resolución Nº 012-2013-CD-OSITRAN
14/12/2017
SE RESUELVE: Artículo 1º.-Dejar sin efecto el Oficio N° 004-A-13-GRE-OSITRAN emitido por la Gerencia de Regulación por los fundamentos antes expuestos. Artículo 2º.-Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de inicio del procedimiento de fijación tarifaria a pedido de la Entidad Prestadora APM Terminals Callao S.A., a fin que el servicio de «trinca y/o destrinca de carga fraccionada» sea considerado un servicio especial en el Terminal Norte Multipropósito en el Terminal Portuario del Callao, por cuanto el mismo se encuentra considerado dentro de los alcances de los servicios estándar.