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    Resolución N° 061-2015-GSF-OSITRAN

    14/12/2017


    Declarar que la sociedad concesionaria METRO DE LIMA 2 S.S. incumplió la obligación establecida en la clausula 17.18 del Contrato de Concesión, al no haber cumplido con el pago íntegro del Aporte por Regulación correspondiente al periodo febrero 2015, en la oportunidad establecida en el artículo 5° del Reglamento de Aporte por Regulación, incurriendo en dos (02) días de atraso, configurándose así la infracción tipificada en el artículo 50° del Reglamentro de Infracciones y Sanciones de OSITRAN; conforme se advierte del Informe N° 0026-2015-JFI-GSF-OSITRAN, elaborado por el Jefatura de Fiscalización.

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