RESOLUCIÓN N° 027-2017-CD-OSITRAN
14/12/2017
Declarar que, como consecuencia de la recepción de las Obras de las Etapas I y II, y del nuevo Nivel de Servicio y Productividad exigible para la prestación del Servicio Estándar a la carga fraccionada, las Tarifas Máximas del Servicio Especial por «Provisión de equipos para incrementar productividad a solicitud del usuario – carga fraccionada» deben dejar de ser cobradas por el Concesionario APM Terminals Callao S.A., a partir del momento de la notificación de la presente resolución.