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    Resolución N° 012-2015-GG-OSITRAN

    14/12/2017


    Declaran que la empresa Concesionaria Vial del Sur SA incumplió con lo establecido por el literal d) de la cláusula 8.12 y los numerales 7.16 y 7.17 de la Sección 3 del Anexo I del Contrato de Concesión, referido a la operatividad del servicio obligatorio correspondiente al sistema de comunicación de emergencia en tiempo real en forma oportuna y eficiente, conforme se advierte del Informe N° 109-2015-GSF-OSITRAN, elaborado por la Gerencia de Supervisión y Fiscalización.

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