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    N° 012-2008-CD-OSITRAN

    14/12/2017


    Se declara infundado el recurso de Reconsideración interpuestos por Concesionaria Vial del Perú S.A. en contra de la Resolución Nº 034-2007-CCD-OSITRAN, que aclaró la Resolución Nº 010-2007-CD-OSITRAN respecto a la interpretación de la Cláusula 5.2 del Contrato de Concesión del Tramo Vial Puente Pucusana – Cerro Azul – Ica.

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