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    N° 010-2006-CD-OSITRAN

    14/12/2017


    Interpreta la Cláusula 7.5 de los Contratos de Concesión del FTRANSA en el sentido que no es posible afirmar que OSITRAN tenga competencia para supervisar las «leyes aplicables» sobre la base únicamente de lo establecido en dicha cláusula, siendo necesario evaluar el caso en concreto a la luz de lo establecido por otras cláusulas del Contrato de Concesión y el marco normativo vigente.

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