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    Resolución Nº 081-2025-GG-OSITRAN

    12/12/2025


    Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por APM Terminals Callao S. A. y, en consecuencia, confirmar en todos sus extremos el Oficio N° 01078-2025 GA-OSITRAN, de conformidad con los fundamentos antes expuestos, dando por agotada la vía administrativa.

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