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    Resolución N° 073-2015-GSF-OSITRAN

    14/12/2017


    Declarar que la empresa AUTOPISTA DEL NORTE S.A.C, incumplio la obligaciòn establecida en las clàusulas 15.5 y 15.12 del Contrato de Concesiòn, al no haber cumplido con efectuar el pago integro del Aporte por Regulaciòn de los perìodos Febrero 2012, Agosto 2013, Octubre 2013, Marzo 2014 y Agosto 2014, dentro del plazo establecido en el artìculo 5º del Reglamento de Aporte Regulaciòn aplicable, aprobado por Resoluciòn de Consejo Directivo Nº 021-20122-CD-OSITRAN, al haber efectuado el pago de su obligaciòn en forma extemporànea, incurriendo en un (01) dìa de atraso, con excepciòn del periodo agosto 2013 en el que se incurrio en dos (02) dìas de atraso, configuràndose asì la infracciòn tipificada en el artìculo 50º del Reglamento de infracciones y sanciones de OSITRAN; conforme se advierte del informe Nº 034-2015-JFI-GSF-OSITRAN, elaborado por la Jefatura de Fiscalizaciòn.

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