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    Resolución N° 011-2020-CD-OSITRAN

    21/02/2020


    Declaran que el servicio propuesto por APMT denominado “Despaletización/paletización y retiro de zunchos de mercancías/enzunchado” califica como un Servicio Especial, no incluido en los anexos 5 y 22 del Contrato de Concesión, ni en aquellos Servicios Especiales que han sido calificados así por el Regulador en aplicación de la Cláusula 8.23 del Contrato de Concesión, solamente en el Escenario 1, cuando los consignatarios requieren que su carga suelta sea colocada sobre un pallet debidamente enzunchado. En este caso el Concesionario deberá proporcionar los materiales señalados en su propuesta de Servicio Especial, es decir, materiales como zunchos, grapas, y herramientas como enzunchadoras y tenazas para realizar las labores de enzunchado.
    En los Escenarios 2, 3 y 4, el Servicio Propuesto ya se encuentra incluido en el alcance de los Servicios Especiales de “Manipuleo por registro (sin montacargas)” y “Manipuleo por registro (con montacargas)” del Anexo 5 del Contrato de Concesión.

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