RESOLUCIÓN N° 038-2017-CD-OSITRAN
14/12/2017
Declaran improcedente el recurso de reconsideración interpusto por Concesionario Puerto Amazonas S.A. contra la Resolución del Consejo Directivo N° 019-2017-CD-OSITRAN, en el extremos que declaró que no correspondía fijar una tarifa para el Servicio Especial denominado «almacenamiento de carga sólida a granel a partir del cuarto día en adelante».