N° 019-2008-CD-OSITRAN
14/12/2017
Se declara INADMISIBLE el recurso de reconsideración interpuesto por la Asociación de Empresas de Transporte Aéreo Internacional, por haber sido presentado extemporáneamente.
14/12/2017
Se declara INADMISIBLE el recurso de reconsideración interpuesto por la Asociación de Empresas de Transporte Aéreo Internacional, por haber sido presentado extemporáneamente.