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    Comunicado sobre el nuevo horario de atención en la Mesa de Partes Presencial del Ositrán

    20/09/2022


    Se pone en conocimiento de los administrados que, a partir del 19 de septiembre de 2022, el nuevo horario de atención de la Mesa de Partes Presencial (MPP) será de lunes a viernes de 9:00 a. m. a 5:00 p. m. (horario corrido).
    Asimismo, se les recuerda en relación con nuestra Mesa de Partes Virtual-MPV y Plataforma de Interoperabilidad del Estado-PIDE, lo siguiente:

    a)    La MPV y la PIDE están disponibles las 24 horas del día, los 7 días de la semana para que las personas naturales, personas jurídicas o entidades públicas puedan enviar sus documentos al Ositrán. La atención a través de dichos canales se realiza en dos momentos:
    ·         Presentación, que corresponde a la presentación de un documento por parte de las personas naturales, personas jurídicas o entidades públicas, generándose automáticamente la Constancia de Presentación, de corresponder.
    ·         Recepción, cuando el Equipo de Mesa de Partes revisa que el documento presentado cumpla con los requisitos del TUO de la LPAG, generando el Cargo de Recepción.
    b)     El Cargo de Recepción será generado por el Equipo de Mesa de Partes dentro de la jornada laboral, conforme a las siguientes consideraciones:
     
    ·         Para aquellos documentos presentados desde las 00:00 horas hasta el término del horario de atención del Ositrán de un día hábil, el Cargo de Recepción se generará el mismo día.
    ·         Para aquellos documentos presentados después del horario de atención del Ositrán hasta las 23:59 horas, el Cargo de Recepción se generará el día hábil siguiente.
    ·         Para aquellos documentos presentados los sábados, domingos, feriados o cualquier otro día inhábil, el Cargo de Recepción se generará el primer día hábil siguiente.
    c)     Para el cómputo de plazos se debe tener en cuenta lo siguiente:
    ·          Los documentos que ingresen desde las 00:00 horas hasta las 23:59 horas de un día hábil se consideran como presentados ese mismo día.
    ·         Los documentos que ingresen en día no laborable se consideran como presentados el primer día hábil siguiente.
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